La venta de un inmueble tributa como ganancia patrimonial en la declaración de la renta.
La diferencia entre el precio de venta y de compra supone una pérdida o ganancia patrimonial para el contribuyente.
Gastos deducibles:
- · Gastos de la inmobiliaria.
- · Gastos de cancelación de la hipoteca.
- · Pago de la plusvalía municipal.
En general, todos los gastos asociados a la venta son susceptibles de tener derecho a una deducción.
No tienes obligación de pagar IRPF si vendes una casa para comprar otra. Esto se conoce como exención por reinversión en vivienda habitual, aunque hay que cumplir varios requisitos para que pueda aplicarse:
Debes manifestar tu voluntad de acogerte a esta exención, ya que su aplicación no funciona de manera automática.
Ambas (la casa vendida y la comprada, o rehabilitada) deben ser una vivienda habitual.
Tienes que cumplir con los plazos y condiciones establecidos por la ley.
Recuerda que como vivienda habitual se considera "la edificación en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de, al menos, 3 años".
En cuanto a los plazos que establece la ley, Hacienda impone que la reinversión en vivienda se debe realizar en un máximo de 2 años desde que se hace la venta.